Para el uso y goce de bicicletero, contamos con espacios internos, los cuales son de uso común, de dominio inalienable y de acceso controlado tanto para los propietarios como para arrendatarios, sin que ello de derecho a propiedad exclusiva.
La asignación deberá hacerse tomando en cuenta en primera instancia la demanda que existiere dentro del conjunto, de superar los cupos existentes se realizará mediante sorteo público entre los propietarios que hayan cumplido los requisitos previos. Los órganos administrativos establecen unas prioridades buscando premiar a todos aquellos propietarios que cumplen de manera juiciosa y habitual mes a mes en el pago de las cuotas de administración y parqueadero, dicha prioridad consiste en estar en el primer grupo de asignación de parqueadero.